AJUSTE DE PENSIONES
Normalización pensional
Con el fin de dar cumplimiento al Acuerdo 15 y al Decreto 1516 de 2008, se inició el trámite de normalización pensional, conforme con el procedimiento y requisitos descritos en el Decreto 4014 de 2006 expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Los requisitos son
Autorización del órgano directivo del tercero que asume la obligación pensional.
Asunción de obligaciones ciertas e indiscutibles.
Consentimiento expreso de los acreedores pensionales.
Aprobación del mecanismo por la mitad más uno de los acreedores pensionales.
Aprobación del cálculo actuarial por la SSPD.
Valoración motivada de la SSPD sobre la capacidad financiera de APEV.
Concepto favorable del Ministerio de la Protección Social.
Autorización del mecanismo por parte de la SSPD.
A tener en cuenta
La transferencia de activos y pasivos se encuentra condicionada a la autorización de la SSPD para que APEV asuma el pasivo pensional cierto e indiscutible y con consentimiento expreso de los acreedores pensionales, que a la fecha equivale al 78% de los pensionados actuales.
Gestiones adelantadas por Empresas Varias de Medellín para lograr la normalización pensional.
ANTES DE LA EXPEDICIÓN DEL DECRETO 1516 DE 2008
Marzo 5 de 2008
EVM solicita a la SSPD aprobación de Cálculo Actuarial para normalización pensional.
Abril 1 de 2008
EVM complementa información a SSPD para aprobación de Cálculo Actuarial.
Junio 23 de 2008
SSPD informa a EVM que el mecanismo de normalización propuesto es poco usual.
Agosto 25 de 2008
SSPD solicita a EVM aclaraciones y correcciones a información básica del Cálculo Actuarial.
Agosto 26 de 2008
EVM informa y resuelve a SSPD las inquietudes planteadas respecto del Cálculo Actuarial.
Septiembre 8 de 2008
La SSPD solicita a EVM que el actuario aclare y corrija información en el Cálculo Actuarial.
Septiembre 16 de 2008
EVM da traslado de la petición de la SSPD al Dr. Uladislao Prieto.
Octubre 1 de 2008
La SSPD confronta los requerimientos efectuados y las respuestas emitidas por EVM.
Octubre 7 de 2008
EVM informa a la SSPD sobre los criterios establecidos por los actuarios respecto del Cálculo Actuarial.
Octubre 14 de 2008
La SSPD informa que es procedente efectuar la fusión de los patrimonios existentes.
DESPUÉS DE LA EXPEDICIÓN DEL DECRETO 1516 DE 2008
Noviembre 25 de 2008
SSPD solicita a EVM mecanismo de normalización pensional y la fecha exacta en que se remitirá el cálculo actuarial y el mecanismo ajustados.
Noviembre 28 de 2008
EVM informa a la SSPD fecha exacta en que se remitirá cálculo actuarial.
Diciembre 5 de 2008
EVM remite a la SSPD cálculo actuarial ajustado y nueva solicitud de mecanismo de normalización pensional.
Abril 30 de 2009
Se obtuvo el consentimiento expreso de 1.319 jubilados de un total de 1.690 (78%).
Mayo 18 de 2009
Solicitud de ajustes al cálculo actuarial con corte al 31 de marzo de 2009.
Julio 31 de 2009
EVM remite cálculo actuarial ajustado a 31 de marzo de 2009.
Septiembre 16 de 2009
La SSPD confirma el recibo de consentimientos expresos y del cálculo actuarial ajustado.
Octubre 13 de 2009
EVM remite documentación acreditando la autorización del Consejo Directivo de APEV.
Octubre 29 de 2009
Reunión entre EVM, SSPD y actuarios.
Noviembre 6 de 2009
EVM aclara a la SSPD sobre el cálculo actuarial en estudio.
Noviembre de 2009
Contrato con la firma Arango Martínez para asesoría legal.
Diciembre 9 de 2009
La SSPD aprueba el cálculo actuarial de Empresas Varias de Medellín ESP.
Diciembre 22 de 2009
Reunión en la SSPD para aclarar aspectos del mecanismo de normalización.
Diciembre 23 de 2009
Empresas Varias de Medellín ESP y la Secretaría de Hacienda responden requerimientos.
Diciembre 28 de 2009
EVM entrega personalmente la documentación requerida en la SSPD.
INICIO DE OPERACIONES APEV
APEV inicia operaciones el 1 de julio de 2012, con:
- Director Ejecutivo y Representante Legal (Secretario de Hacienda del Municipio de Medellín).
- Una contadora contratada mediante convenio de fortalecimiento financiero.
- Una coordinadora administrativa.
- Una abogada en el equipo de trabajo.
Cumpliendo con los artículos 17° y 18° del Decreto 1516 de 2008, APEV y EMVARIAS elaboran un convenio interadministrativo para unir esfuerzos logísticos, administrativos y jurídicos en la administración del pasivo pensional y el activo no operacional de APEV.